jueves, 25 de octubre de 2012

Una Ratificación Más:  Bolivia, Senadores aprueban Ley que hará prevalecer derechos de trabajadoras del hogar


La Paz, 25 de oct. Con el propósito de reconocer los derechos y mejorar las condiciones laborales de las trabajadoras y trabajadores del hogar, el pleno de la Cámara de Senadores aprobó la noche de ayer miércoles, el Proyecto de Ley que “Ratifica el Convenio 189, sobre el Trabajo Decente para las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos”. En la sesión estuvieron presentes representantes de las trabajadoras del hogar y el comité impulsor de esta ley.
El Estado Plurinacional de Bolivia adoptó el Convenio 189 el 16 de junio de 2011, en la 100ª Conferencia Internacional organizada por la Organización Internacional del Trabajo (OIT). En consecuencia, la Federación Nacional de Trabajadores Asalariadas del Hogar de Bolivia (FENATRAHOB) tomó la iniciativa de solicitar la aprobación y ratificación del Convenio.
“Este Proyecto de Ley ha sido esperado mucho tiempo por las hermanas trabajadoras del hogar, considero que Bolivia ha sido parte de la firma de este convenio. De los 396 países que firmaron el convenio, ya son dos países que aprobaron este Proyecto de Ley, Bolivia sería el tercer país en aprobar el Proyecto”, argumentó la senadora Hilda Saavedra.
La presente norma representa una conquista de las trabajadoras y trabajadores del hogar, en el respeto a sus Derechos Humanos y la observancia a normas de Derecho Internacional que garanticen mayores beneficios y condiciones dignas para el trabajo doméstico. El Ejecutivo tomando en cuenta ese derecho, implementa a través de una Ley medidas de protección a este sector y amparados en la Constitución Política del Estado.
“Muchos de los que hacen trabajar no cumplen y, por tanto, hay todavía esa discriminación, ese maltrato hacia las mujeres especialmente a las mujeres que vienen del área rural”, afirmó la senadora Nélida Sifuentes.
Respecto a la estructura del contenido del Convenio 189, los artículos del 1° al 19° establecen el respeto y protección de los derechos, libre asociación y reconocimiento a la negociación colectiva, eliminación del trabajo forzoso u obligatorio, eliminación de la discriminación y el trabajo infantil, protección contra toda forma de abuso, acoso y violencia, información sobre los términos y condiciones de empleo, horas de trabajo, remuneración acorde al trabajo, reglamentación y regularización de las agencias de empleos privadas, seguridad y salud.
La Cámara de Diputados, tras la aprobación del Proyecto de Ley, remitió a la Cámara de Senadores para su correspondiente revisión y aprobación. Las Comisiones de Política Social, Educación y Salud y de Constitución, Derechos Humanos, Legislación y Sistema Electoral, tras un amplio análisis del objetivo y contenido de la norma, consideran que se encuentra acorde a la Constitución Política del Estado.
Los senadores opositores se sumaron a esta iniciativa legislativa. “Me permito solicitar a los senadores que podamos aprobar de manera unánime este convenio en respeto a lo que significa este sector, en cuanto al trabajo decente que desarrollan en las labores cotidianas que se mencionan en el informe”, señalo el senador Marcelo Antezana.
“En el Artículo 2, el Proyecto de Ley encarga al Ministerio de Trabajo implementar la aplicabilidad de la Ley. Será importante que nosotros hagamos resaltar y que aquellos que conducen el movimiento estén atentos a su aplicación, porque es una cosa que aprobemos nosotros y otra cosa si se aplica de manera adecuada”, añadió el senador Germán Antelo.
Las trabajadoras del hogar presenciaron la aprobación de la norma con el pedido de elevar a rango de Ley el Convenio 189. A tiempo de destacar la aprobación del Proyecto de Ley, Prima Ocsa, representante de las trabajadoras del hogar, señaló: “Bolivia, como tercer país en aprobar la norma, está luchando, el Presidente está luchando por dignificar a los trabajadores, por mejorar las condiciones de los trabajadores y esperamos que pronto promulgue este convenio”, complementó la Secretaria General de FENATRAHOB.

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